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Desahucio por impago de alquiler – Sentencia favorable en el Juzgado nº 10 de Madrid

Abogado civilista

Recuperamos la posesión de la vivienda y las rentas adeudadas

En Estaire Abogados representamos a un propietario que llevaba varios meses sin recibir el pago del alquiler por parte del inquilino de su vivienda en Madrid. Pese a los múltiples requerimientos extrajudiciales realizados, el arrendatario ni abonó la deuda ni entregó el inmueble voluntariamente.

Ante esta situación de incumplimiento grave del contrato de arrendamiento, iniciamos el procedimiento legal correspondiente para recuperar la posesión del inmueble y reclamar las cantidades adeudadas.

Procedimiento verbal de desahucio 413/2013 – Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid

Interpusimos demanda de desahucio por falta de pago, conforme al artículo 250.1.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, solicitando:

La resolución del contrato de arrendamiento.

El lanzamiento (desalojo) del inquilino.

El pago de todas las rentas vencidas e impagadas, más las que se devengaran hasta la entrega.

Y la condena en costas.

El procedimiento fue tramitado ante el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid, autos verbal 413/2013.

Sentencia estimatoria: desahucio acordado, deuda reconocida y costas

El juzgado dictó sentencia estimatoria, acordando:

El desahucio inmediato del inquilino moroso.

La condena al pago de la deuda acumulada en concepto de rentas impagadas.

La condena en costas al arrendatario por su conducta procesal.

La ejecución de la resolución permitió a nuestro cliente recuperar su inmueble y sentar las bases para cobrar las cantidades adeudadas mediante embargo de bienes y rentas si fuera necesario.

Actuar a tiempo evita daños mayores

En Estaire Abogados insistimos en la importancia de actuar con rapidez ante impagos de alquiler. Cuanto más se retrasa la acción legal, mayor es el perjuicio económico para el propietario.

Contamos con una amplia experiencia en procedimientos de desahucio en Madrid y en toda España, tanto para viviendas como locales comerciales.

Preguntas frecuentes

  • Q: ¿Cuándo se puede presentar una demanda de desahucio?

A: Cuando el arrendatario incumple su obligación de pago de rentas o finaliza el contrato sin desalojar la vivienda.

  • Q: ¿Se pueden reclamar los daños causados en el inmueble?

A: Sí, en la misma demanda o en un procedimiento posterior, acreditando los desperfectos y su importe mediante facturas y/o pericial.

Estaire Abogados: defensa integral de propietarios frente a impagos

✔ Desahucios por impago o por expiración del contrato

✔ Reclamación de rentas impagadas y daños

✔ Redacción de contratos de arrendamiento seguros ✔ Ejecución de resoluciones judiciales

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