El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 17 de Madrid, en el Procedimiento Abreviado 10/2026, ha dictado la Sentencia n.º 156/2026, de 20 de mayo de 2026, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto frente a una sanción de tráfico impuesta por el Ayuntamiento de Madrid.
La resolución recurrida confirmaba una multa por una supuesta infracción consistente en “estacionar en lugar prohibido”. Sin embargo, el análisis del expediente administrativo permitió apreciar diversas deficiencias relevantes desde la perspectiva del Derecho administrativo sancionador.
Entre los motivos alegados se encontraban la vulneración del principio de presunción de inocencia, la insuficiencia de la prueba de cargo, la falta de adecuada valoración de las alegaciones formuladas en vía administrativa y el error en la calificación jurídica de los hechos, al existir dudas razonables sobre si se trataba de un estacionamiento sancionable o de una simple parada.
La sentencia recuerda que las garantías del art. 24 de la Constitución Española son plenamente aplicables al procedimiento administrativo sancionador, incluyendo el derecho de defensa, el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes y la presunción de inocencia.
El Juzgado destaca, además, que la denuncia formulada por personal auxiliar del SER no equivale automáticamente a una prueba plena, y que debe ir acompañada de elementos suficientes que permitan acreditar los hechos sancionados.
En el caso analizado, la prueba aportada por la Administración no permitió despejar las dudas existentes. En particular, la resolución judicial considera plausible la versión del recurrente, relativa a que se encontraba en el interior del vehículo y que la situación podía responder a una parada, no a un estacionamiento. Ante esa duda, el Juzgado aplica el principio in dubio pro reo y estima el recurso.
El fallo anula los actos administrativos impugnados y reconoce la devolución de las cantidades indebidamente abonadas.
Esta sentencia pone de manifiesto una idea esencial: en Derecho sancionador no basta con afirmar una infracción; la Administración debe probarla de forma suficiente, objetiva y respetuosa con las garantías del procedimiento.
En Estaire Abogados defendemos que una buena estrategia jurídica no consiste únicamente en redactar escritos, sino en analizar el expediente, detectar sus debilidades probatorias y construir una defensa eficaz sobre los hechos, la norma y la prueba.